NOM 035 STPS 2018: qué es, a quién aplica y cómo cumplirla
La NOM-035-STPS-2018, Factores de riesgo psicosocial en el trabajo — Identificación, análisis y prevención, establece los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial, así como para promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo.
Su alcance es amplio: rige en todo el territorio nacional y aplica a todos los centros de trabajo, aunque las obligaciones específicas cambian dependiendo del número de trabajadores que laboren en cada centro. La Norma distingue tres grupos: hasta 15 trabajadores, de 16 a 50 y más de 50.
Referencia legal: NOM-035-STPS-2018, numerales 1 y 2.
La obligación de atender estos temas tampoco surge únicamente de la NOM-035. La Ley Federal del Trabajo, en su artículo 132, fracción XVII, obliga a las personas empleadoras a cumplir el reglamento y las normas oficiales mexicanas en materia de seguridad, salud y medio ambiente de trabajo. La fracción XVI del mismo artículo establece además la obligación de operar los centros de trabajo conforme a esas disposiciones y adoptar las medidas preventivas y correctivas correspondientes.
Referencia legal: Ley Federal del Trabajo, artículo 132, fracciones XVI y XVII.
Por eso, la NOM 035 no debe entenderse simplemente como “una encuesta de estrés”. Cumplir implica prevención, políticas, información, mecanismos de atención, identificación de acontecimientos traumáticos severos y, dependiendo del tamaño del centro de trabajo, evaluación de factores de riesgo, análisis de resultados y acciones de intervención.
Pero también existe una oportunidad.
Los resultados pueden proporcionar información relevante sobre la manera en que está organizado el trabajo: cargas, liderazgo, relaciones laborales, jornadas, autonomía, comunicación y otros factores que pueden afectar tanto a las personas como al desempeño de la organización.
En Bridge2b® lo resumimos así:
Cumplir es solo el principio.
¿Qué es la NOM 035 STPS 2018?
El objetivo establecido por la propia Norma es:
establecer los elementos para identificar, analizar y prevenir los factores de riesgo psicosocial y promover un entorno organizacional favorable.
Referencia legal: NOM-035-STPS-2018, numeral 1.
Un aspecto importante es comprender qué evalúa y qué no evalúa.
La NOM 035 se concentra en factores relacionados con las condiciones en las que se desarrolla el trabajo. Entre ellos se encuentran las condiciones del ambiente laboral, las cargas de trabajo, la falta de control, determinadas jornadas y rotación de turnos, la interferencia trabajo-familia, el liderazgo y las relaciones negativas y la violencia laboral.
Referencia legal: NOM-035-STPS-2018, numeral 7.2.
Por tanto, el propósito de la evaluación no es elaborar un diagnóstico de personalidad del trabajador.
La pregunta relevante no es solamente:
“¿Qué tan estresada está una persona?”
Sino:
“¿Qué condiciones del trabajo pueden estar generando factores de riesgo psicosocial?”
¿Qué son los factores de riesgo psicosocial?
La propia NOM los define como aquellos que pueden provocar determinados trastornos de ansiedad, del ciclo sueño-vigilia, estrés grave y de adaptación, derivados de las funciones del puesto, el tipo de jornada y la exposición a acontecimientos traumáticos severos o actos de violencia laboral.
Referencia legal: NOM-035-STPS-2018, numeral 4.7.
Cuando la Norma establece cómo deben identificarse y analizarse, considera particularmente factores como las condiciones en el ambiente de trabajo, cargas de trabajo, falta de control, jornadas y rotación de turnos, interferencia trabajo-familia, liderazgo y relaciones negativas y violencia laboral.
Esto explica por qué la NOM 035 está estrechamente relacionada con problemas que también tienen una dimensión organizacional.
Una carga excesiva puede manifestarse como cansancio, errores o ausentismo. Un liderazgo negativo puede relacionarse con conflictos, rotación o pérdida de confianza. Una mala definición de responsabilidades puede generar retrabajos y frustración.
La evaluación identifica factores de riesgo. El siguiente reto consiste en comprender qué está detrás de los resultados y qué debe hacerse al respecto.
¿A quién aplica la NOM 035?
La respuesta corta es: a todos los centros de trabajo de México.
Sin embargo, no todos tienen las mismas obligaciones.
La propia NOM establece exactamente qué numerales corresponden a cada tamaño de centro de trabajo.
Número de trabajadores | Principales obligaciones de evaluación |
Hasta 15 | No les corresponde la identificación y análisis prevista en el Capítulo 7 |
16 a 50 | Identificar y analizar factores de riesgo psicosocial |
Más de 50 | Identificar y analizar factores de riesgo psicosocial y evaluar el entorno organizacional |
Referencia legal: NOM-035-STPS-2018, numeral 2, incisos a), b) y c); numeral 7.1.
Centros de trabajo con hasta 15 trabajadores
Esto no significa que estén exentos de la NOM.
Deben, entre otras obligaciones aplicables, contar con la política de prevención, adoptar medidas preventivas y de control, identificar a trabajadores sujetos a acontecimientos traumáticos severos, proporcionar la información correspondiente y aplicar las medidas preventivas previstas en el Capítulo 8.
Lo que no exige la NOM a este grupo es aplicar la identificación y análisis del Capítulo 7, que corresponde a centros con 16 trabajadores en adelante.
Centros de trabajo de 16 a 50 trabajadores
Estos centros deben identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial.
Además, el numeral 7.1 establece expresamente que esta identificación debe incluir a todos los trabajadores cuando se trata de centros con entre 16 y 50 personas.
La Guía de Referencia II proporciona el cuestionario diseñado por la propia Norma para realizar esta identificación.
Centros de trabajo con más de 50 trabajadores
En este grupo existe una obligación adicional: además de identificar y analizar los factores de riesgo psicosocial, debe realizarse la evaluación del entorno organizacional.
A diferencia del grupo anterior, la Norma permite que esta evaluación comprenda a todos los trabajadores o se realice mediante una muestra representativa, conforme al procedimiento previsto en la Guía de Referencia III.
El entorno organizacional favorable considera elementos como sentido de pertenencia, formación adecuada, definición de responsabilidades, participación y comunicación, distribución apropiada de cargas de trabajo y evaluación y reconocimiento del desempeño.
La política de prevención: una obligación básica
Uno de los primeros elementos de cumplimiento es contar con una política de prevención de riesgos psicosociales.
El patrón debe establecerla por escrito, implantarla, mantenerla y difundirla en el centro de trabajo. Debe contemplar la prevención de factores de riesgo psicosocial, prevención de la violencia laboral y promoción de un entorno organizacional favorable.
Referencia legal: NOM-035-STPS-2018, numeral 5.1.
Esta política no debería convertirse simplemente en un documento archivado para una eventual inspección.
La propia obligación incluye difundirla, y el numeral 5.7 también exige proporcionar a los trabajadores información sobre la política, las medidas preventivas y de control, los mecanismos de queja y, cuando correspondan, los resultados de las evaluaciones.
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La prevención no comienza con la encuesta
La NOM 035 exige adoptar medidas para prevenir y controlar los factores de riesgo psicosocial, promover un entorno organizacional favorable y atender las prácticas contrarias a éste y los actos de violencia laboral.
Además, el Capítulo 8 desarrolla estas medidas con bastante detalle.
Incluye acciones relacionadas con apoyo social, comunicación, capacitación, liderazgo, cargas de trabajo, participación de los trabajadores, definición de tareas y responsabilidades y reconocimiento del desempeño.
Esto tiene una implicación importante: la NOM 035 no es solamente una obligación de Recursos Humanos ni una encuesta que se aplica cada dos años.
La organización del trabajo y la forma en que dirigen supervisores y gerentes forman parte directa de los factores que la propia Norma busca prevenir.
Mecanismos seguros y confidenciales de queja
La NOM 035 establece que los centros de trabajo deben disponer de mecanismos seguros y confidenciales para recibir quejas por prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y para denunciar actos de violencia laboral.
Referencia legal: NOM-035-STPS-2018, numeral 8.1, inciso b).
Esta obligación también tiene sustento en el Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, que exige estos mecanismos dentro de las acciones para promover un entorno organizacional favorable y prevenir la violencia laboral.
Referencia legal: Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, artículo 55.
Decir simplemente “pueden acudir con Recursos Humanos” no necesariamente demuestra que exista un mecanismo definido, seguro, confidencial y conocido por el personal.
Acontecimientos traumáticos severos
La NOM 035 también obliga a identificar a los trabajadores que hayan sido sujetos a un acontecimiento traumático severo durante o con motivo del trabajo y canalizarlos para su atención a la institución correspondiente, al médico del centro de trabajo o a la empresa.
Referencia legal: NOM-035-STPS-2018, numeral 5.5.
La Guía de Referencia I proporciona un ejemplo de cuestionario para realizar esta identificación. La propia Norma aclara que las guías de referencia son instrumentos auxiliares y que su contenido, como guía, no es por sí mismo obligatorio.
El Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo también establece obligaciones en materia de acontecimientos traumáticos severos y factores de riesgo psicosocial.
Referencia legal: Reglamento Federal de Seguridad y Salud en el Trabajo, artículo 43.
¿Es obligatorio utilizar las Guías II y III?
No necesariamente.
La NOM permite utilizar cualquier método que contemple los elementos establecidos en el numeral 7.4: cuestionarios adecuados, forma de aplicación, forma de evaluación y niveles de riesgo.
Sin embargo, cuando una organización desarrolla o utiliza cuestionarios diferentes de los establecidos en las Guías II y III, éstos deben cumplir los requisitos de validación señalados en el numeral 7.5.
Por eso no cualquier encuesta de clima laboral, bienestar o satisfacción sustituye automáticamente una evaluación NOM 035.
¿Cada cuánto debe realizarse la evaluación?
La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y, cuando corresponda, la evaluación del entorno organizacional deben realizarse al menos cada dos años.
Referencia legal: NOM-035-STPS-2018, numeral 7.9.
Esto no significa que entre una aplicación y otra la empresa quede sin obligaciones.
La prevención, atención de situaciones, medidas de control y seguimiento forman parte de un proceso continuo.
Cómo cumplir con la NOM 035
El primer paso es determinar correctamente cuántos trabajadores existen en el centro de trabajo y, con ello, qué obligaciones del numeral 2 resultan aplicables.
Después conviene revisar qué elementos ya tiene la organización: política, procedimientos, mecanismos de queja, acciones preventivas, evaluaciones anteriores, programas de capacitación, registros y evidencias.
El siguiente paso es cubrir las brechas de cumplimiento y, cuando corresponda, realizar la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y la evaluación del entorno organizacional.
Pero la evaluación no debería terminar en la aplicación del cuestionario.
La propia Norma establece que sus resultados deben integrarse al diagnóstico de seguridad y salud en el trabajo correspondiente a la NOM-030-STPS-2009.
Referencia legal: NOM-035-STPS-2018, numeral 7.6.
Además, el resultado debe constar en un informe que incluya, entre otros elementos, objetivo, actividades principales, método utilizado, resultados, conclusiones, recomendaciones y acciones de intervención, cuando correspondan.
Y ese resultado debe estar disponible para consulta de los trabajadores.
Obtener una calificación no es lo mismo que hacer un diagnóstico
Supongamos que una empresa obtiene un resultado alto en Liderazgo y relaciones en el trabajo.
Ese resultado es relevante, pero no explica automáticamente cuál es la causa.
Conviene profundizar:
¿El problema está concentrado en determinadas áreas?
¿Predomina liderazgo negativo o relaciones negativas?
¿Existen diferencias entre departamentos o centros?
¿Coincide con rotación, ausentismo, quejas o problemas de productividad?
¿Qué comportamientos o condiciones organizacionales pueden estar generándolo?
Es aquí donde la medición puede convertirse en diagnóstico.
Y el diagnóstico, en decisiones.
¿Qué ocurre cuando los resultados requieren acciones de control?
La NOM 035es muy clara en este punto.
Cuando los resultados de las evaluaciones determinen la necesidad de desarrollar acciones de control, éstas deben implementarse mediante un Programa.
Referencia legal: NOM-035-STPS-2018, numeral 8.3.
El programa debe indicar las áreas o trabajadores sujetos a intervención, las acciones y medidas que se adoptarán, fechas programadas, control de avances, evaluación posterior cuando proceda y responsable de ejecución.
La Norma incluso diferencia tres niveles de intervención.
El primer nivel actúa sobre la organización: política, organización del trabajo y medidas generales.
El segundo nivel se concentra en grupos e interacciones e incluye, entre otros temas, manejo de conflictos, trabajo en equipo, liderazgo y comunicación.
El tercer nivel corresponde al plano individual cuando existen signos o síntomas de afectaciones a la salud. Cuando la intervención es clínica o terapéutica, debe realizarse por médico, psicólogo o psiquiatra, según corresponda.
Referencia legal: NOM-035-STPS-2018, numeral 8.5.
Esta estructura refuerza una idea importante: no todos los resultados se solucionan enviando a las personas a terapia ni impartiendo cursos. Muchas intervenciones deben realizarse sobre la organización del trabajo.
La encuesta no es la NOM 035
Éste probablemente sea uno de los errores conceptuales más frecuentes.
Aplicar los cuestionarios es sólo una parte del proceso.
Una organización puede tener una excelente plataforma, alcanzar una participación elevada y producir decenas de gráficas, pero eso no demuestra por sí solo el cumplimiento integral.
Podemos resumir el proceso en cuatro verbos:
Medir → comprender → intervenir → demostrar.
Medir permite identificar riesgos.
Comprender permite interpretar qué está ocurriendo.
Intervenir permite atender aquello que requiere acción.
Documentar permite demostrar el cumplimiento y dar seguimiento.
¿Qué registros debe conservar la empresa?
Para los centros de trabajo a los que corresponde el numeral 5.8, deben existir registros sobre los resultados de la identificación y análisis; en centros de más de 50 trabajadores, también sobre la evaluación del entorno organizacional; sobre las medidas de control adoptadas cuando sean necesarias; y sobre determinados trabajadores a quienes se hayan practicado evaluaciones médicas o clínicas.
Referencia legal: NOM-035-STPS-2018, numeral 5.8.
Además, las evidencias documentales o registros pueden conservarse impresos o electrónicamente y deben mantenerse al menos durante un año a partir de su elaboración.
Referencia legal: NOM-035-STPS-2018, numeral 10.4.
Durante una evaluación de conformidad, el cumplimiento puede verificarse, según corresponda, mediante constatación, revisión documental, registros o entrevistas.
Esto explica por qué una implementación adecuada necesita pensar desde el principio en las evidencias y no reconstruirlas cuando llega una inspección.
¿Es obligatorio contratar un consultor externo?
No.
La NOM 035 no establece una obligación general de contratar a un consultor externo para implementar el proceso.
Asimismo, contratar una unidad de verificación es una opción del patrón, no una obligación general.
Referencia legal: NOM-035-STPS-2018, numeral 9.1.
La empresa puede desarrollar internamente su proceso si cuenta con la capacidad técnica y administrativa necesaria.
El apoyo especializado cobra sentido cuando la organización busca asegurar la metodología, estructurar sus evidencias, interpretar resultados, identificar causas o diseñar intervenciones.
¿Qué relación tiene la NOM 035 con la Ley Federal del Trabajo?
La LFT establece el marco general que obliga a las personas empleadoras a cumplir las normas oficiales mexicanas de seguridad y salud en el trabajo.
Referencia legal: LFT, artículo 132, fracción XVII.
Además, contempla sanciones para el patrón que no observe en sus establecimientos las normas de seguridad e higiene o las medidas legales para prevenir riesgos de trabajo.
La multa prevista actualmente es de 250 a 5,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA).
Referencia legal: Ley Federal del Trabajo, artículo 994, fracción V. Texto vigente consultado con última reforma DOF 14-05-2026.
No desarrollaremos aquí el régimen sancionador en detalle porque merece un artículo independiente. Además, el monto concreto de una sanción depende de las circunstancias del caso y del procedimiento de la autoridad.
NOM 035: cumplir o utilizar la información
Una empresa puede acercarse a la NOM 035 únicamente con una pregunta:
“¿Qué necesito para cumplir?”
Es una pregunta necesaria.
Pero después puede formular una segunda:
“¿Qué podemos aprender de los resultados?”
Ahí aparece una oportunidad mucho mayor.
Una evaluación puede señalar problemas relacionados con liderazgo, cargas de trabajo, autonomía, relaciones laborales, jornadas, comunicación o claridad de responsabilidades.
La calificación no explica por sí misma la causa.
Pero puede indicar dónde investigar.
Por ejemplo, si un departamento presenta simultáneamente riesgo elevado en cargas de trabajo, mayor número de horas extra y mayor rotación que otras áreas, el valor no está solamente en obtener tres indicadores.
El valor está en analizar cómo pueden estar relacionados.
Eso convierte los datos de cumplimiento en información útil para la gestión.
Cumplir es solo el principio
La NOM 035 establece obligaciones concretas y verificables.
Pero reducir su implementación a una encuesta significa desaprovechar una fuente relevante de información sobre la organización.
La secuencia que proponemos es diferente:
Cumplir la Norma.
Analizar los resultados.
Identificar las causas.
Priorizar los problemas.
Diseñar acciones.
Dar seguimiento.
En Bridge2b® acompañamos a las organizaciones desde la evaluación y estructuración de evidencias hasta el análisis visual de resultados y el desarrollo de planes de prevención, control e intervención.
Porque cumplir es solo el principio. Convertir los datos en acciones es lo que genera valor.
¿Necesitas implementar o actualizar tu NOM 035?
Si tu organización necesita implementar la NOM-035-STPS-2018, revisar su nivel de cumplimiento, realizar la evaluación de factores de riesgo psicosocial, analizar sus resultados o desarrollar los planes derivados del diagnóstico, podemos ayudarte.
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